Entidades de Control que vigilan la entidad y
Mecanismos de Control
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En esta sección se indican los
órganos y mecanismos, tanto internos como externos, para el control y
vigilancia de la sociedad fiduciaria.
La fiduciaria esta sujeta al control
y vigilancia de los siguientes organismos externos:
FIDUAGRARIA
S.A. tiene un Sistema de Control Interno, integrado por el esquema de
organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos
y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad en procura
de las metas u objetivos previstos.
La
Fiduciaria ha adoptado el modelo estándar de control interno MECI 1000:2005, de
acuerdo a lo establecido por el decreto 159 de 2005.
Al interior de la fiduciaria existen
los siguientes instrumentos de control:
COMITÉ
DE AUDITORIA:
Creado
para dar cumplimiento a lo dispuesto en la circular externa 052 de 1998 de la
Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera), integrado por tres
miembros de la Junta Directiva y responsable de servir de apoyo al órgano
directivo en la toma de decisiones atinentes al control y mejoramiento de
aquel.
COMITÉ
DE COORDINACIÓN DE CONTROL INTERNO:
Creado
en cumplimiento a lo dispuesto en la ley 87 de 1993 y esta conformado por la
Presidencia y los Directivos que dependen directamente de ella.
Es el máximo rector del Sistema de
Control Interno en la Fiduciaria, y esta encargado de establecer las políticas
en materia de Control Interno al interior de la entidad y de examinar los
informe sobre el cumplimiento del Plan de Mejoramiento suscrito con la
Contraloría General de la República.
COMITÉ OPERATIVO DE MECI:
La
circular N° 03 de 2005 del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de
Control Interno de las entidades del Orden Nacional y Territorial, estableció
la creación de un grupo operativo multidisciplinario, responsable de adelantar
los proceso de diseño., apoyo y coordinación con las diferentes áreas de la
entidad, para Lograr una óptima implementación del MECI 1000:2005 y
posteriormente asumir el rol de facilitadores apoyando el adecuado funcionamiento
de los elementos de control.
DIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO:
Es uno de los elementos del Sistema
de Control Interno de la entidad, responsable de evaluar mediante un proceso
integral de auditoria, con objetividad e independencia, la efectividad del
Sistema de Control Interno, la gestión empresarial y operacional de la
fiduciaria, para verificar que se desarrollen dentro del marco legal, misión,
políticas, normas y planes organizacionales que regulan su actividad,
propendiendo por el desarrollo de una cultura de autocontrol.